Preocupación en el sector de frutas y hortalizas por la aplicación del Real Decreto de envases y residuos de envases

Los frutos rojos son productos muy delicados para ser vendidos a granel.

Fecha: 12-Jul-2023

La Federación Española de Asociaciones de Productores Exportadores de Frutas, Hortalizas, Flores y Plantas vivas (FEPEX) junto con Ecoembes ha organizado un webinar sobre las implicaciones que tiene la aplicación de la Responsabilidad Ampliada del Productor, RAP a los envases comerciales e industriales, derivada del nuevo Real Decreto 1055/2022 de envases y residuos de envases.

En los tres casos: envases domésticos, comerciales e industriales se está generando mucha incertidumbre y preocupación en su aplicación en el sector en el sector de frutas y hortalizas, flores y plantas.

La Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP) responsabiliza a los productores de todo el ciclo de vida de los productos que introducen en el mercado, desde su diseño hasta el final de su vida útil (incluyendo la recogida y reciclaje de residuos).

Con el Real Decreto 1055/2022 de envases y residuos de envases se amplió la Responsabilidad Ampliada del Productor, RAP, a los envases comerciales e industriales, lo que supone nuevas obligaciones para los envasadores incluidos los del sector de frutas, hortalizas, flores y plantas.

Esta nueva obligación supondrá en primer lugar, que los productores de producto, los envasadores, tienen que inscribirse en un Registro de Productores de Producto, que ya está operativo. En este Registro se deberá declarar cada elemento de envase, así como su peso y material, no debiendo ser declarados los envases destinados a la exportación.

La segunda obligación es informar de los envases comerciales e industriales puestos en el mercado.  Y la tercera obligación es adherirse un Sistema de Responsabilidad Ampliada del Productor, SCRAP, para envases domésticos, comerciales e industriales.

Sobre los envases domésticos y en el ámbito del sector de flor y planta viva, en el webinar se plantearon las múltiples dudas existentes puesto que existe confusión en la regulación de lo que se consideran envases en el sector de flores y plantas.

El Real Decreto 1055/2022 hace dos diferenciaciones, la primera es que las macetas destinadas para la venta y el transporte de plantas son un envase; mientras que las macetas previstas para que las plantas permanezcan en ellas durante su vida, no son envases. Establecer esta diferenciación es extremadamente complejo y no depende del productor e incluso es negativo para el sector español con relación a las plantas importadas.

El Real Decreto 1055/2022 de envases y residuos de envases, que entró en vigor el 29 de diciembre del año pasado y la Ley de Residuos y Suelos Contaminados, aprobada el pasado 8 de abril de 2022, son consecuencia de la trasposición de la Directiva Europea de Envases y Residuos de Envases, donde se establece la obligación de aplicar el régimen de Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP) además de a los envases domésticos, al resto de envases comerciales e industriales antes del 31 de diciembre de 2024, a los que con carácter general no se les aplicaba hasta la fecha en España.

De esta forma la RAP se amplía a todos los envases y residuos de envases, de forma que los productores afectados tendrán que asumir el coste de la gestión de estos residuos.