Establecen el marco de actuación para un uso sostenible de antibióticos en especies ganaderas

​El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha publicado la resolución por la que se establece el marco de actuación para un uso sostenible de antibióticos en especies de interés ganadero

Fecha: 03-Jul-2023

En noviembre del año 2011, el Parlamento Europeo publicó una resolución no legislativa por la que se estableció un Plan de Acción sobre Resistencias Antimicrobianas (2011-2016), que estimuló la puesta en marcha de planes nacionales de actuación. España aprobó en 2014 su primer Plan Nacional frente a la Resistencia a los Antibióticos (PRAN). Uno de sus principales objetivos es la “Prevención de la necesidad del uso de antibióticos”. Esta prioridad se refleja en los considerandos del Reglamento (UE) núm. 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, relativo a las enfermedades transmisibles de los animales y por el que se modifican o derogan algunos actos en materia de sanidad animal, que destaca la función preventiva del marco legal y la consiguiente reducción que se espera se haga del uso de antibióticos en animales.

En los considerandos 41 y 42 del Reglamento (UE) 2019/6 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, sobre medicamentos veterinarios y por el que se deroga la Directiva 2001/82/CE, se resalta que la resistencia a los antimicrobianos en los medicamentos de uso humano y los medicamentos veterinarios es un problema sanitario cada vez más grave en la Unión y en el ámbito mundial, siendo necesario en consecuencia reducir el riesgo de desarrollo de resistencia a los antimicrobianos producida por medicamentos de uso humano y medicamentos veterinarios.

Dentro de este importante marco, y para dar cumplimiento al mismo, se aprobó el Real Decreto 992/2022, de 29 de noviembre, por el que se establece el marco de actuación para un uso sostenible de antibióticos en especies de interés ganadero, implementado las necesarias actuaciones al respecto en España.

Por ello, el artículo 3.4 del mismo preceptúa que el indicador de referencia nacional para cada especie y clasificación zootécnica se publicará en el Boletín Oficial del Estado, a más tardar el 1 de junio de cada año, y surtirá efectos a los tres meses de su publicación.

De esta forma, han publicado los indicadores de referencia nacional para 2023, que surtirán efectos hasta la publicación del indicador de referencia del próximo año mediante resolución de esta unidad.