El FEGA publica una resolución por la que se establece el listado provisional de especies admitidas a nivel nacional para los barbechos de biodiversidad, incluidos los melíferos

El Fondo Español de Garantía Agraria acaba de publicar recientemente una resolución por la que se establece el listado provisional de especies admitidas a nivel nacional para los barbechos de biodiversidad (incluidos los barbechos melíferos)

Fecha: 13-Oct-2022

Tags: FEGA , barbechos

El proyecto de Real Decreto XX/2022, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control, que fue sometido a audiencia e información pública del 21 de julio al 11 de agosto de 2022, prevé la publicación por parte del FEGA de la lista de especies elegibles para que el barbecho sea considerado como un barbecho de biodiversidad (incluye a los barbechos melíferos), de acuerdo con lo dispuesto en el eco régimen de espacios de biodiversidad en tierras de cultivo y cultivos permanentes.

Las especies son las siguientes:

 

ESPECIES ADMITIDAS PARA

BARBECHOS DE BIODIVERSIDAD (INCLUYE BARBECHOS MELÍFEROS)

FAMILIA LEGUMINOSAS

Vicia sativa / veza, alverja

Pisum sativum / guisante

Vicia villosa /vezo velloso

Vicia faba / habas

Onobrychis hispanica / pimpirigallo

Vicia ervilia / yeros

Onobrychis viciefolia / esparceta

Vicia monanthos / algarrobas

Ononis natrix / hierba melera, atrapa moscas

Vicia narbonensis / alberjón

Melilotus officinalis / meliloto

Vicia pannonica / alverja húngara

Lupinus angustifolius / altramuz azul o altramuz

Medicago sativa / alfalfa

Vigna unguiculata / caupí o frijol de carilla

Trigonella foenum-graecum / alholva

Cicer arietinum / garbanzo

Lathyrus sativus / titarros o almortas

Lens sculenta, Lens culinaris / lenteja

Lupinus spp / altramuz dulce

Crotalaria juncea / crotalaria

Onobrychis viciifolia / esparceta

Arichis hipogaea / cacahuete

Hedysarum coronarium / zulla

Glycine max / soja

Phaseolus vulgaris, Phaseolus lunatus, Phaseolus coccineus / judía

Lathyrus sativus / titarros o almortas

 

FAMILIA BRASSICACEAS O CRUCIFERAS

Brassica napus / colza

Diplotaxis virgata / mostaza amarilla

Sinapis alba / mostaza blanca

Moricandia spp / collejón

Eruca sativa / oruga roqueta, mostacilla

Camelina sativa / camelina

FAMILIA UMBELIFERAS

Coriandrum sativum / cilantro

 

FAMILIA CARIOFILÁCEAS

Silene vulgaris / colleja

Silene dioica / silene roja

FAMILIA LAMIÁCEAS

Salvia pratensis / salvia de los prados

Salvia verbenaca / gallocresta, verbenaca

Nepeta tuberosa / nepeta, hierba gatera

 

FAMILIA LINÁCEAS

Linum usitatissimum / lino

Linum perenne / lino azulado

FAMILIA LILIÁCEAS

Asphodelus spp / gamón, gamonito

 

FAMILIA COMPUESTAS/ASTERACEAS

Helianthus annus / girasol

Carthamus tinctorius / cártamo

Chrysantemum segetum / corona de rey

Chrysantemum macrotum / durieu

Calendula arvensis / caléndula silvestre

Chrysanthemum coronarium / ojo de buey

 

FAMILIA APIACEAS

Foeniculum vulgare / hinojo

 

FAMILIA ROSACEAS

Sanguisorba minor / pimpinela menor, sanguinaria

 

Para que las tierras en barbecho sean consideradas espacios de biodiversidad susceptibles de beneficiarse de dicho eco régimen, no deberán dedicarse a la producción agraria durante, al menos, un periodo de seis meses consecutivos, a contabilizar dentro del periodo comprendido entre el 1 de enero y el 30 de septiembre del año de solicitud, y deberán ser sembradas de una mezcla de especies elegibles, beneficiosas a efectos de la biodiversidad, que representen un mínimo de 2 familias diferentes, y que sean predominantes en dichas superficies. No obstante, en estos barbechos, se autorizará la colocación de colmenas.

En ningún caso, la mezcla de especies implantadas podrá cosecharse. Se deberá respetar una dosis mínima de siembra razonable, de modo que permita alcanzar una cubierta herbácea adecuada para lograr el objetivo perseguido de favorecer la biodiversidad y potenciar el desarrollo insectos beneficiosos y de polinizadores.

En la elección de especies se favorecerá que sus floraciones se distribuyan a lo largo del año, al objeto de asegurar la disponibilidad del recurso durante la mayor parte del año.

La lista de especies elegibles podrá ampliarse a decisión de la autoridad competente de la comunidad autónoma con otras especies adicionales, teniendo en cuenta sus condiciones particulares, que sean autóctonas o especies locales, con una correcta selección para fomentar aquellas especies propias del lugar, y que, además de tener una eficacia polinizadora, tengan un efecto beneficioso para la biodiversidad, y puedan ser adyuvantes en el control de malas hierbas y plagas, evitándose en todo caso aquéllas de difícil control o que pudieran ser reservorios de agentes perjudiciales, y en particular las exóticas invasoras.

Queda permitida la presencia de otras especies de carácter herbáceo, distintas de las elegibles, cuando estas últimas sean predominantes.

A los efectos de la solicitud, la superficie deberá ser declarada como superficie en barbecho de biodiversidad el año de solicitud en el que se pretenda computar como espacio de biodiversidad.

Por último, señalar que los barbechos melíferos a los que se hace referencia en el Proyecto de Real Decreto por el que se establecen las normas para la aplicación de la condicionalidad reforzada y de la condicionalidad social que deben cumplir las personas beneficiarias de las ayudas que reciban pagos directos, determinados pagos anuales de desarrollo rural y del programa POSEI, son a todos los efectos una categoría de barbechos de biodiversidad. Por lo tanto, a efectos de cumplir con las buenas condiciones agrarias y medioambientales de la tierra, y en concreto con la BCAM 8, y la obligación de destinar un porcentaje mínimo de superficie agrícola a superficies o elementos no productivos, los barbechos melíferos a los que se hace referencia en el Anexo II de dicho Proyecto de Real Decreto deberán cumplir igualmente con todas las condiciones establecidas en esta Resolución.