La otra cara de la Ley de la Cadena Alimentaria en el aceite de oliva

Las protestas y manifestaciones que el sector agrario llevó a cabo durante los meses de enero y febrero por toda la geografía española van a tener una repercusión que quizás muchos ni se imaginaban.

Fecha: 01-Jun-2020

Fuente: Olimerca

El recién aterrizado gobierno no quería que estas propuestas enturbiaran sus comienzos políticos y en cuestión de pocas semanas presentó en sociedad el Real Decreto de Ley de la Cadena Alimentaria, que además coincidió con la declaración de la Alerta Sanitaria y que obligó a paralizar a todo el país.

Tras dos meses largos de confinamiento, y con la finalización del periodo de alegaciones que acababa el 13 de mayo, el RD inicia su convalidación en el Parlamento, un procedimiento que ya estaba en marcha pero que se vío paralizado por dicha alerta. Hoy acaba el análisis de las enmiendas por parte de la Comisión de Agricultura y a nadie se le escapa que en estos momentos la obligatoriedad de recoger en los contratos de compra-venta de aceite de oliva el precio de coste para el agricultor van a seguir levantando ampollas; sobre todo en las almazaras industriales y los envasadores, dado que parece ser que el sector cooperativo estará exento de cumplimentar este requisito. Sin olvidar que los industriales envasadores parece ser que serán los últimos responsables de que el producto final no se venda por debajo de precio de coste.

Esta medida, que en un principio fue muy bien acogida por el conjunto de organizaciones de productores agrarios (OPAS), y que en teoría garantizaba obtener el precio justo para sus productos agrícolas, puede tener un efecto boomerang de efectos insospechados

Si la AICA considera que los datos relativos a los costes de producción de un agricultor no se ajustan a la realidad de lo que corresponde, en este punto intervendrá Hacienda

Si el agricultor cuando entrega sus aceitunas a la almazara industrial afirma que sus costes de producción son de 2,70€/kg, lo primero que le van a exigir es que demuestre con documentación tales costes; y además, las almazaras están obligadas a liquidar dichas aceitunas en un plazo de treinta días. El siguiente problema surge cuando el gerente de la almazara quiere vender el aceite procedente de esa liquidación y se encuentra que el precio en origen se fija por debajo del precio al que ha liquidado al agricultor. Todo un problema de inicio a fín, y que en última instancia sufrirán los industriales envasadores que se han convertido en el último eslabón de la cadena y que seránlos responsables de que un aceite se venda en el lineal por debajo del precio de coste.

De ahí, que los envasadores se cuidarán muy mucho de que la almazara le facilite la documentación real sobre los costes de elaboración para evitar sanciones por parte de la AICA.

Es en este punto donde hay un nuevo elemento a tener en cuenta. Si la AICA inspecciona a las almazaras y envasadores para saber si se cumple el RD de la Ley de la Cadena Alimentaria, éstas tendrán que presentar la documentación que a su vez les facilitaron los agricultores. Y si la AICA considera que los datos relativos a los costes de producción de un agricultor no se ajustan a la realidad de lo que corresponde, en este punto intervendrá Hacienda, que ya sabemos todos cuál es su afán: más inspecciones, evitar el fraude y recaudar más impuestos.

Lo que parecía una buena noticia en un principio para equilibrar la cadena de valor parece que no pinta demasiado bien. Ni almazaras industriales, ni envasadores ni cooperativas aprueban esta medida porque complica a todos y beneficia a muy pocos, y sobre todo abre la puerta a que puedan ir en aumento las importaciones, dado que en otros países no existen estos impedimentos. Una vez más en nuestro país dejamos en inferioridad de condiciones a nuestros productores.