La Interprofesional del Vino repasa las características de los contratos homologados de uva para vino

La Interprofesional del Vino de España ha realizado un interesante informe en el que repasa las principales características de los contratos homolohados para uva con destino a la fabricación de vino.

Fecha: 24-Aug-2021

El sector vitivinícola español contará a partir de esta campaña 2021/2022 con una nueva herramienta para mejorar el funcionamiento de su cadena de valor: los contratos tipo homologados. Su objetivo prioritario es favorecer la transparencia del mercado y ordenar las transacciones.

Por un lado, disponemos del correspondiente a compraventa de uva con destino a su transformación en vino y, por otro, el contrato tipo homologado de compraventa de vino.  

MARCO LEGAL

"Las especiales características estructurales del sistema agroalimentario hacen difícil el conocimiento de las transacciones que los distintos y numerosos operadores realizan, produciéndose de hecho falta de transparencia en el mercado, alejándolo de la deseable competencia perfecta.  Es en este marco en el que hay que situar la presente Ley de contratos tipo de productos agroalimentarios. Su aplicación se dirige al sistema de relaciones económicas, que denominamos sistema agroalimentario, y su objetivo prioritario es favorecer la transparencia del mercado, mejorando la concurrencia en el mismo mediante la fórmula de los contratos agroalimentarios homologados" (Extracto Ley 2/2000, de 7 de enero, reguladora de los contratos tipo de productos agroalimentarios)


CONTRATOS HOMOLOGADOS SECTOR VITIVINÍCOLA

Los contratos tipo son una práctica extendida en el ámbito agroalimentario y actualmente sectores como el lácteo, cítricos o forraje tienen contratos homologados vigentes. El fomento de su empleo, además, permitirá la obtención de valiosa información agregada sobre las transacciones acogidas a esta modalidad, que contribuirá a una mejor información en el sector.

A propuesta de la Organización Interprofesional del Vino de España, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha homologado para esta campaña 2020/21:

  • Contrato Tipo de Compraventa de uva con destino a su transformación en vino
  • Contrato Tipo de Compraventa de vino 

Este documento de carácter voluntario se diferencia de otros contratos mercantiles privados en que contiene un clausula de control, seguimiento y vigilancia del cumplimiento del mismo, cuya tarea recae sobre la Comisión de Seguimiento constituida a tal efecto en el seno de la OIVE (según artículo 10 de la Orden APA/413/2019).