Europa publica un reglamento para promover el uso de aguas regeneradas en el riego agrícola

El Parlamento Europeo acaba de publicar un reglamento que pretende promover el uso de aguas regeneradas en el riego agrícola, estableciendo los requisitos mínimos para ello. De obligado cumplimiento (no se trata de una directiva que haya que transponer), con esta norma se pretende potenciar el uso de recursos alternativos que ayuden a paliar el desequilibrio entre la demanda y la oferta hídrica para la agricultura de riego, definiendo una serie de medidas que aseguren la sanidad vegetal, la salud humana y el medio ambiente.

Fecha: 13-Jul-2020

Desde Feragua, la Asociación de Regantes de Andalucía, se asegura que tendrá que estudiar a fondo ese reglamento, a fin de conocer los elementos diferenciales que pueda contener con respecto al Real Decreto que ha estado vigente en España desde 2006. Asimismo, estimamos que cada concesionario de aguas regeneradas debe tener un plan de gestión del riego del agua regenerada que debe ser elaborado por el propio operador de la EDAR, siempre que el tratamiento terciario sea operado por ella, ya que lo lógico es que los requisitos de calidad de agua se pidan a la salida de la EDAR y este sea por tanto el responsable de su cumplimiento.

Cuestión diferente, es cuando el tratamiento terciario de regeneración se haga en las instalaciones del aprovechamiento de riego, y en tal caso, sea la Comunidad de Regante el operador de este sistema de regeneración, y por tanto el responsable del Plan de Riesgo será tanto el operador de la EDAR como la Comunidad de Regantes que gestione el tratamiento de regeneración.