El Ministerio lanza una consulta previa sobre la normativa del veterinario de explotación

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha lanzado una consulta pública previa a la aprobación de un Real Decreto por el que se dictan disposiciones para el desarrollo de la normativa de la Unión Europea en sanidad animal, en lo relativo a las obligaciones de vigilancia del titular de la explotación y al plan sanitario integral de las explotaciones ganaderas. En concreto, se pretende legislar la figura del veterinario de explotación.

Fecha: 04-Apr-2022

Tags: veterinarios

Fuente: Interempresas

La normativa prevé que los propietarios de las explotaciones tienen una serie de responsabilidades en aspectos como la bioseguridad, el uso prudente y responsable de los medicamentos veterinarios y la prevención y control de enfermedades. “Si bien estas responsabilidades son asignadas al operador, lo cierto es que para llevarlas a cabo necesita la presencia de un veterinario que pueda diseñar y supervisar la aplicación de un plan sanitario integral”, señala el documento del Ministerio con el que se realiza la consulta pública.

Por otro lado, esta normativa también prevé la necesidad de que en los establecimientos que alberguen animales se lleven a cabo visitas zoosanitarias por parte de un veterinario con una frecuencia basada en el riesgo que presente el establecimiento en cuestión. Estas visitas zoosanitarias incluirán un seguimiento sobre el cumplimiento en la explotación de los aspectos recogidos en el plan sanitario integral, realizando recomendaciones para subsanar las deficiencias que observe o para reducir el consumo, global o de determinados grupos de riesgo, de antibióticos, y prestará especial atención a la detección de cualquier síntoma indicativo de la aparición de una enfermedad o cualquier otra patología existente en la explotación.

 

Por lo tanto, el MAPA considera que resulta preciso aprobar un real decreto para aplicar en España las mencionadas previsiones, concretando el plan sanitario integral de las explotaciones ganaderas, así como los aspectos esenciales de las visitas zoosanitarias y las funciones y requisitos del veterinario de explotación.

Así, la norma tiene por objetivo establecer las bases de desarrollo de la normativa de la Unión Europea de sanidad animal, en lo relativo a las obligaciones de vigilancia del titular de la explotación y definir los requisitos básicos que deben ser tomados en consideración para el correcto funcionamiento de una explotación ganadera y que deberán ser recogidos en un documento que integre de manera conjunta medidas sanitarias, de higiene, bioseguridad, bienestar animal y uso racional de medicamentos veterinarios, constituyendo así un ‘Plan sanitario integral de la explotación ganadera’.

Para ello, se requiere la existencia de un veterinario que, con una visión de conjunto de la explotación, se encargue de diseñar ese plan sanitario integral, y de asegurar su adecuada implantación, asesorando al ganadero en las diferentes materias, y llevando a cabo una supervisión regular de la situación sanitaria del ganado a través de la realización de visitas zoosanitarias.