El Ministerio de Agricultura contempla la limitación de los rendimientos de aceituna por hectárea

Enmarcado en el nuevo proyecto de Real Decreto sobre la aplicación de las normas de comercialización en el sector del aceite de oliva

Fecha: 22-Sep-2020

Fuente: Agroclm

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha presentado un nuevo proyecto de Real Decreto sobre la aplicación de las normas de comercialización en el sector del aceite de oliva al que pueden presentarse alegaciones hasta el próximo 28 de septiembre. Este texto amplía y detalla el que sometió a consulta pública en agosto.

El documento recoge que el aceite de oliva es uno de los principales  sectores  de  la  producción agroalimentaria española, con una producción media anual de 1,2 millones de toneladas, pero con campañas récord que han llegado a 1,8 millones de toneladas, como la reciente 2018/2019. 

Se trata, además  de  un  cultivo  presente  en  casi  todas  las  comunidades autónomas,  con  un  marcado  carácter  social  en  algunas  regiones  de  España  donde desempeña un papel fundamental para la economía de las zonas rurales.  La producción oleícola, a pesar de los avances tecnológicos, es muy dependiente de la climatología, lo que origina una marcada alternancia productiva o vecería del cultivo entre campañas, que genera una gran volatilidad de los precios, con una clara incidencia en la viabilidad económica de las explotaciones oleícolas y la supervivencia de las regiones productoras. 

Adicionalmente, en los últimos años se ha incrementado significativamente la superficie de cultivo de olivar, con una fuerte presencia de plantaciones intensivas cuya plena entrada en producción hace previsible el aumento de los niveles medios de producción, en un contexto de demanda mundial estable. Esto ha motivado además la existencia de una marcada dicotomía entre el olivar intensivo y el olivar tradicional con menor productividad, pero con importantes externalidades positivas desde el punto de vista social y medioambiental. 

Esta situación hace necesario regular los requisitos y el contenido de una norma nacional de comercialización para el aceite de oliva, previa consulta a las comunidades autónomas y los representantes del sector y que se activará cuando la situación de mercado lo haga necesario, con el fin de favorecer su estabilidad.

En el sector del aceite de oliva se contemplan las siguientes medidas de regulación: la retirada temporal de aceite de oliva y/o destino a uso no alimentario y la planificación de la producción mediante la cosecha temprana, medida esta última que pretende trascender el carácter coyuntural de reequilibrio de mercado mejorando la comercialización del aceite de oliva en base a su calidad y un mayor potencial de mercado. Igualmente, se contemplan medidas complementarias: la regulación  del  rendimiento  de  extracción  de  aceite  y  la limitación de los rendimientos de aceituna por hectárea, una vez que se haya establecido un sistema de trazabilidad a nivel de parcela, que, a su vez, favorecerá una racionalización del uso de los medios de producción.

Por  otra  parte,  dada  la  gran  diversidad  productiva  existente  en  España,  es  necesario establecer  una  diferenciación  por  variedades  para  la  planificación  de  la  producción mediante cosecha temprana con el fin de garantizar que el aceite de oliva producido cumpla los requisitos de pureza y calidad establecidos en la normativa, lo que permitirá además de  favorecer la calidad, reducir, escalonar y adelantar la producción de aceite, de forma que se creen nuevas oportunidades comerciales en un periodo de la campaña con una escasa oferta en el mercado mundial.