El FEGA ha publicado la circular sobre el Plan Nacional de Controles de las Superficies Declaradas para Pagos Acoplados en la Solicitud Única 2018.

Dicho documento carece por completo de naturaleza normativa y constituye únicamente un instrumento de trabajo para facilitar el mejor conocimiento de la normativa aplicable a la materia considerada, así como la aplicación armonizada de la misma.

Fecha: 05-Jun-2018

Fuente: Euroganadería

El plan tiene como objeto establecer los controles mínimos a realizar en el marco del Sistema Integrado de Gestión y Control de determinados regímenes de ayuda por superficie y marca las directrices para que tanto los controles administrativos como sobre el terreno aseguren la comprobación eficaz de las condiciones de concesión de las ayudas.

Resultará de aplicación a las siguientes ayudas a los agricultores: ayuda asociada a los frutos de cáscara y las algarrobas, ayuda asociada a las legumbres de calidad, ayuda asociada a la remolacha azucarera, ayuda asociada al tomate para industria, pago específico al cultivo del algodón.

Entre las novedades introducidas por el Real Decreto 1172/2015, de 29 de diciembre, se incluye la posibilidad, en cuanto la declaración de las parcelas agrícolas de la explotación, que en el caso de las tierras de cultivo se pueda indicar más de un producto por campaña y parcela, por lo que procede establecer los criterios de control pertinentes a efectos de conocer si los solicitantes de determinadas ayudas asociadas voluntarias por superficie respetan o no las condiciones y requisitos establecidos en la normativa vigente.

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Por otro lado el FEGA ha hecho pública la lista de beneficiarios de los de fondos procedentes del FEAGA y FEADER. Se han publicado todas las personas físicas y jurídicas que recibieron los fondos FEAGA y FEADER desde el 16 de octubre de 2016 hasta el 15 de octubre de 2017 (ejercicio financiero 2017).

La información publicada recoge para cada beneficiario el desglose de los importes correspondientes a cada una de las medidas financiadas por fondos, el municipio en el que reside o está registrado, el nombre y apellidos de las personas físicas, la razón social si se trata de personas jurídicas con personalidad jurídica propia, o el nombre completo de la asociación si es una asociación sin personalidad jurídica propia.

No obstante, se establecen las siguientes excepciones:

- En el caso de beneficiarios que hayan percibido en un año 1.250 euros o menos, no figurará su nombre y estarán identificados mediante un código.

- Además, si estos residen en un municipio menor o igual a 10 beneficiarios no se les identificará por el municipio sino por la comarca. A pesar de la obligatoriedad de esta publicación, en todas las solicitudes de ayuda a partir del año 2016 debe figurar información relativa a que los datos serán publicados y podrán ser tratados por organismos de auditoría e investigación de la Unión Europea y de España para salvaguardar los intereses financieros de la Unión y a su vez, se deberá informar de que los derechos de los beneficiarios, al ser personales, cumplirán las normas en materia de protección de datos.