Cuaderno digital: vuelta a los plazos iniciales

El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) ha publicado hoy una nota aclaratoria sobre la entrada en vigor del Cuaderno Digital de Explotación Agrícola en el que remarca los plazos según los tipos de cultivo.

Fecha: 07-Jun-2023

Fuente: Aenverde

Según el FEGA, dicha nota se ha elaborado teniendo en cuenta lo recogido en el Real decreto-ley 4/2023 y el resto de normativa de aplicación en vigor. «Este documento se facilita únicamente con fines informativos y su contenido no pretende sustituir las normas jurídicas aplicables».

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Según la aclaración del FEGA y teniendo en cuenta el artículo 16 del Real Decreto, las fases se establecen en base al tamaño e intensificación de las explotaciones y según la información a cumplimentar. 

1 de septiembre de 2023

De esta forma, las explotaciones de 30 hectáreas de cultivo o pastos, las de 10 hectáreas de cultivos permanentes y las de invernadero a partir del 1 de septiembre de este año deberán anotar en el cuaderno digital la información exigida para las ayudas de la PAC y únicamente la relativa a la campaña 2024.

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Y a partir del 1 de enero de 2024 deberán cumplimentar el resto de información
establecida en la normativa (tratamientos fitosanitarios, resto de información
exigida para las ayudas de la PAC y aplicación de fertilizantes, incluyendo
fertirrigación).  

Para las explotaciones pequeñas, los plazos se establecen en el 1 de septiembre de 2024 y enero de 2025.

También el FEGA acaba de publicar nuevas versiones de la documentación técnica asociada al Cuaderno Digital que pueden verse en el este enlace.